27 de marzo de 2020

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Líneas de Financiación ICO con Garantía del Estado (COVID-19) (Demo)

financiación que necesitas con las líneas de garantía del ICO para que puedas cubrir tus necesidades de liquidez. Da igual cuál sea el tamaño de tu empresa o cuál sea tu actividad. Como sabemos que cada empresa tiene sus propias necesidades, a continuación te presentamos las soluciones adaptadas para ti dentro de la línea anunciada por el ICO por un importe inicial de hasta 20.000 millones de euros: AUTÓNOMOS, MICROEMPRESAS Y PYMES: Para autónomos y microempresas (hasta 10 empleados), y empresas de hasta 250 empleados y ventas inferiores a 50 millones de euros o con un total de activo inferior a 43 millones de euros. Cualquier sector de actividad. Para necesidades de liquidez: pago de salarios, alquileres u otros gastos fijos pago a proveedores pago de vencimientos de financiación y obligaciones tributarias. Hasta 1,5 millones de euros Plazo hasta 5 años con 1 de carencia. Garantía del 80%. PYMES: Para empresas de hasta 250 empleados y ventas inferiores a 50 millones de euros o con un total de activo inferior a 43 millones de euros. Cualquier sector de actividad. Para necesidades de liquidez: pago de salarios, alquileres u otros gastos fijos pago a proveedores pago de vencimientos de financiación y obligaciones tributarias. Hasta el 25% de Ingresos Anuales o 24 meses de Gastos de Personal Plazo hasta 5 años con 1 de carencia. Garantía del 70% para nuevas operaciones y 60% en renovaciones. GRANDES EMPRESAS: Para empresas de más de 250 empleados y ventas superiores a 50 millones de euros o con un total de activo superior a 43 millones de euros. Cualquier sector de actividad. Para necesidades de liquidez: pago de salarios, alquileres u otros gastos fijos pago a proveedores pago de vencimientos de financiación y obligaciones tributarias. Hasta el 25% de Ingresos Anuales o 24 meses de Gastos de Personal. Plazo hasta 5 años con 1 de carencia. Garantía del 70% para nuevas operaciones y 60% en renovaciones.   Para conocer en detalle las características de las Líneas ICO 2019 haz clic aquí. Línea disponible hasta el 31 de Diciembre de 2020 o hasta que se agoten las líneas. Operación sujeta a previa aprobación por parte del Banco. Principio del formulario Final del formulario Webs Santande    

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Moratoria Hipotecaria RD – Covid 19 – Información relativa al contenido del RD (Demo)

Moratoria Hipotecaria RD – Covid 19 – Información relativa al contenido del RD ¿A quién afecta la moratoria? A los préstamos hipotecarios destinados a la adquisición de vivienda habitual de deudores en situación de vulnerabilidad económica Las mismas medidas se aplicarán igualmente a los fiadores y avalistas del deudor principal, respecto de su vivienda habitual y con las mismas condiciones que las establecidas para el deudor hipotecario. ¿Quién puede solicitar la moratoria? Aquellas personas que cumplan estos cuatros requisitos Que el deudor hipotecario pase a estar en situación de desempleo o, en caso de ser empresario o profesional, sufra una pérdida sustancial de sus ingresos o una caída sustancial de sus ventas Que el conjunto de los ingresos de los miembros de la unidad familiar no supere, en el mes anterior a la solicitud de la moratoria, con carácter general, el límite de tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples mensual* (ver detalle al final del capítulo) Que la cuota hipotecaria, más los gastos y suministros básicos, resulte superior o igual al 35 por cien de los ingresos netos que perciba el conjunto de los miembros de la unidad familiar. Que, a consecuencia de la emergencia sanitaria, la unidad familiar haya sufrido una alteración significativa de sus circunstancias económicas en términos de esfuerzo de acceso a la vivienda. ¿Qué se entiende por alteración significativa? Cuando el esfuerzo que represente la carga hipotecaria sobre la renta familiar se haya multiplicado por al menos 1,3. ¿Qué se considera caída sustancial de las ventas? Cuando sea superior al 40% ¿Qué documentación es necesaria para acreditar esta situación? En el RD se incorpora la necesidad de aportar esta documentación En caso de situación legal de desempleo, mediante certificado expedido por la entidad gestora de las prestaciones, en el que figure la cuantía mensual percibida en concepto de prestaciones o subsidios por desempleo En caso de cese de actividad de los trabajadores por cuenta propia, mediante certificado expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o el órgano competente de la Comunidad Autónoma, en su caso, sobre la base de la declaración de cese de actividad declarada por el interesado Número de personas que habitan la vivienda: Libro de familia o documento acreditativo de pareja de hecho Certificado de empadronamiento relativo a las personas empadronadas en la vivienda, con referencia al momento de la presentación de los documentos acreditativos y a los seis meses anteriores Declaración de discapacidad, de dependencia o de incapacidad permanente para realizar una actividad laboral. Titularidad de los bienes: Nota simple del servicio de índices del Registro de la Propiedad de todos los miembros de la unidad familiar. Escrituras de compraventa de la vivienda y de concesión del préstamo con garantía hipotecaria. Declaración responsable del deudor o deudores relativa al cumplimiento de los requisitos exigidos para considerarse sin recursos económicos suficientes según este real decreto-ley. ¿En qué consiste la moratoria? El aplazamiento supondrá la suspensión del cobro de una cuota Se podrán mantener los aplazamientos si se prorroga el RD No se devengarán intereses No obstante, si la situación del cliente requiere otro tipo de solución, se analizará caso a caso para poder ayudar a reestructurar la deuda o establecer soluciones más adaptadas, aunque estén fuera de lo definido por el RD ¿Cómo se procede para solicitar la moratoria? Este documento de solicitudA través de un pdf editable que estará disponible en la Web Pública y en el APP para que los clientes lo puedan hacer directamente desde 19 de marzo Este pdf lleva adjunta la documentación necesaria: la solicitud, el check list de documentación y  la declaración responsable, que deberá ser firmada por todos los titulares del préstamo.¡ ¿Se debe intervenir ante notario? Salvo que algún organismo oficial establezca lo contrario bastará con hacerlo en documento privado ¿Qué debe firmar el cliente? El cliente debe firmar la solicitud, la declaración responsable y el documento de suspensión de la cuota La solicitud y la declaración responsable están disponibles en el pdf editable mencionado al inici0 El documento de suspensión de cuota estará disponible cuando se realice la formalización ¿Qué plazo tiene el Banco para aceptar el aplazamiento? Una vez realizada la solicitud de la moratoria con toda la documentación completa, el Banco procederá a su implementación en un plazo máximo de 15 días  

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